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Código de Procedimientos Civiles Artículo 553 bis Estado de Sonora


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/08/2026

Código de Procedimientos Civiles Sonora
Artículo 553 bis.

No se requieren formalidades especiales para acudir ante el Juez de Primera Instancia tratándose de actos de violencia intrafamiliar previstos en el artículo 489 bis del Código Civil para el Estado de Sonora.

El Juez, valorando la situación de la parte agredida y la posibilidad de peligro para la misma,determinará las órdenes de protección necesarias y las medidas procedentes para la protección de los menores y de la parte agredida. Al efecto, el Juez para normar su criterio, podrá tomar en cuenta, los informes que al respecto hayan sido elaborados por las instituciones públicas o privadas que hubieren intervenido y escuchará al Ministerio Público, así como a la Procuraduría de la Defensa del Menor y de la Familia.

Para que el convenio pueda producir sus efectos, se requerirá que tanto el generador como el receptor de la violencia se sometan a valoración psicológica y/o psiquiátrica a efecto de determinar el daño emocional causado, la viabilidad de ayuda terapéutica, así como el grado de peligrosidad del generador de la violencia, brindándoles las recomendaciones que al respecto sugieran los especialistas, las cuales se tomarán en cuenta para recomendar o no la celebración de dicho convenio



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Artículo 1 ...552 553 553 bis 554 555 ...913

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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